La plataforma “ForHum Christi”, la Iniciativa Ciudadana “Laicos Por el Bien Común” y todas las demás entidades, asociaciones, instituciones, ciudadanos y personas de bien que deseen unirse a este necesario pronunciamiento, en uso de las atribuciones Constitucionales y Legales que el Estado de Derecho de la República de Colombia les confiere, así como de los demás Principios y Libertades cuya primacía éstos defienden y garantizan,
ante la expedición de la Resolución 051 del Ministerio de Salud del 12 de enero de 2023,
manifestamos la siguiente
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS, LIBERTADES Y DERECHOS HUMANOS FUNDAMENTALES Y CONSTITUCIONALES
Antecedentes y actual estado de cosas
Valiéndose de argucias, distintos grupos han procurado justificar su promoción del aborto reduciendo el debate sobre éste y la Defensa de la Vida Humana del No Nacido a un marco pretendidamente ‘racional’ y ‘ético’, al que en realidad no aportan más que infundados postulados ideológicos.
No obstante la inconsistencia de sus argumentos, el adoctrinamiento educativo, la acción política y civil, les han permitido acceder a cargos gubernamentales y escalar hasta instancias judiciales a las que han logrado inficionar con una visión que desafía y se opone al Derecho Natural y de Gentes.
De esta manera no sólo han minado la unidad y armonía de criterio en materias fundamentales que garantizan la coherencia y estabilidad jurídica del Estado de Derecho y de los ciudadanos, sino que han introducido nociones revolucionarias que lo subvierten y degradan la institucionalidad.
Las primeras Instituciones que han sufrido un ataque sistemático tendiente a restarles peso y entidad, han sido precisamente aquellas que fundan el orden humano y social: la educación, el matrimonio y la familia. En la primera, los contenidos formativos han sido suplantados por el adoctrinamiento ideológico, mientras a las otras se les ha negado su origen y esencia, y se les ha constreñido su misión al equipararlas con cualquier preferencia subjetiva a la que se le otorga un estatus jurídico.
Esta ruptura y pérdida de criterio en la concepción del hombre y de la sociedad, el abandono de los Principios fundantes y la degradación de los Derechos inherentes y consecuentes, han permitido la impostura de falacias como la “despenalización” del aborto justificada por vías o ‘causales’ de “excepción”, que después se han extendido y liberalizado prácticamente hasta el momento mismo del nacimiento.
La impostura dictatorial: hechos y consecuencias
A escasos meses de la llegada de un nuevo gobierno, en un tono y con un estilo dictatorial ajenos a nuestra tradición democrática, nos vemos abocados a los siguientes hechos:
El Ministerio de Salud expide la Resolución 051 del 12 de enero de 2023 mediante la cual se adopta “la regulación única para la atención integral en salud frente a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), dando alcance a las condiciones previstas por la Corte Constitucional en las sentencias C-355 del 2006 y SU-096 de 2018”.
Inevitablemente, su implementación exigirá el apoyo de otros Ministerios como los de Educación, Igualdad y Justicia, y supondrá una carga tributaria e impositiva adicional a las ya autorizadas.
A partir de la expedición de esta “regulación” (discutible y objetable), se nos pretenden imponer tres hechos cuyas gravísimas consecuencias enunciamos a continuación:
Adoctrinar a los jóvenes en los colegios imponiendo una “moral” de Estado laicista bajo los supuestos del “libre desarrollo de la personalidad”, orientada principalmente a promover una mentalidad abortista y a inducir la “práctica” del mismo. Sus antecedentes necesarios son los presupuestos ideológicos de la Ideología de Género y los presuntos “derechos” que de ella derivan, como el relativismo moral y el liberalismo sexual. Esta impostura desconoce y viola el derecho de los padres a elegir la Educación que estimen más adecuada y conveniente para sus hijos en el marco de su Libertad de Conciencia, de Opinión, de Educación, de Culto y de Expresión, amparadas por la Constitución y por las leyes.
Garantizar el acceso de las adolescentes y las niñas al “procedimiento” del aborto. Obviamente, también por encima de la Patria Potestad, desconociendo y violando los mismos derechos y obligaciones de los Padres así como violentando la estructura natural y jurídica de las relaciones familiares, propias de esta Institución.
Limitar la Objeción de Conciencia de los profesionales y de los ciudadanos, estableciendo un régimen de sanciones disciplinarias y penales. De este modo se quiere IMPONER la legalización del aborto y, con ésta, disuadir y reprimir por la vía judicial a los objetores y opositores. Es decir, blanquear el execrable Crimen del aborto –que continúa siendo un delito– y criminalizar la Defensa de la Vida.
Como se ve, aquí no sólo se atenta contra Principios Constitucionales y Derechos Humanos naturales y reales que el Estado debe salvaguardar, como el Derecho al Trabajo y al Criterio Ético Profesional, sino contra Libertades Fundamentales como las ya citadas.
El estatus de la Persona Humana en Colombia: su Dignidad y consecuencias en la Defensa de la Vida
Existe, cuando menos, un fundamento ontológico del ser humano que evidencia su condición cualitativa –no sólo de grado sino en esencia– con respecto a todos los demás seres, especialmente entre los seres vivos. Y ello da lugar a un fundamento Antropológico.
Si desconocemos estos, estaríamos desconociendo la realidad y la existencia de la Persona Humana, esto es, su Dignidad evidente, así como sus inherentes y consecuentes Derechos inalienables. Al hacerlo, todo se reduciría a una simple cuestión de “biología”, es decir, a una concepción estrictamente materialista de la persona, que la equipararía a todos los demás seres vivientes sólo en cuanto “sintientes” y, por lo tanto, prescindibles en alguna etapa en la que se considere que no tienen capacidad de “sentir”.
Esta mentalidad reductiva y cosificadora, reduce también las opciones para defender la vida limitándolas a un estado de desarrollo embrionario «sintiente», que supuestamente comenzaría semanas después de la implantación (unas 12 aproximadamente), con lo cual se estaría justificando el aborto antes de dicho «límite», el de la presunta sensibilidad.
De esta manera, la defensa de la vida humana se equipararía con la de los animales (aunque, paradójicamente, estos últimos están hoy más protegidos y estimados), sin una diferenciación ontológica con respecto al tipo de ser vivo sobre el que se está actuando, considerándolo sólo como sujeto «sintiente» o «no sintiente».
Pero la cuestión fundamental que se debate y está realmente en juego no es «en qué momento empieza a sentir», sino desde cuándo es Persona y, por lo tanto, un ser digno, con una Dignidad eminente.
Escucha aquí el audio de esta Declaración.
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