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Patrick Coffin entrevista a Estefanía Acosta | Parte 2


¿BENEDICTO XVI ES EL VERDADERO PAPA? La evidencia y las respuestas a las objeciones: Una entrevista con la abogada Estefanía Acosta (Segunda Parte).

Patrick Coffin

“De las miles de entrevistas que he hecho, ¡esta puede ser la más importante!”. Patrick Coffin.

En exclusiva, ofrecemos –con el debido permiso de sus autores– el texto completo y revisado de la entrevista en Español (Segunda Parte).

Para leer la Primera Parte de la entrevista en Español, haga clic en la siguiente imagen:

Importancia de esta entrevista

La entrevista ha sorprendido a algunos, que no conocen, no han leído y no han captado la importancia de la investigación realizada por Estefanía Acosta. Su trabajo ha aportado y exigido estudio en aspectos eclesiales, teológicos y jurídicos.


Para adquirir el libro de Estefanía Acosta, «Benedicto XVI: ¿Papa “Emérito”?», a través de sus canales de venta autorizados, vaya al siguiente enlace:

Entrevista a la abogada Estefanía Acosta (Segunda parte)

“Lo que está en juego para la Iglesia Católica no podría ser más alto. Tómese su tiempo... Es posible que en un momento dado se encuentre, como yo, disminuyendo la velocidad para concentrarse en lo que lee”.
CONTINUACIÓN...

En este punto, alguien preguntará: “¿Está llamando mentiroso al Papa Benedicto? Él ha dicho muchas veces que ya no es el Papa, y que su Declaratio anunció que la Cátedra estaría vacía después del 28 de febrero de 2013”. ¿Cómo responde?


Efectivamente, después del 28 de febrero de 2013 la Cátedra quedó vacía de hecho (de facto), no de derecho (de iure). S.S. Benedicto XVI realmente se retiró del ejercicio de sus funciones, auto-exiliándose en el monasterio Mater Ecclesiae, y los cardenales, al no haber comprendido (o fingiendo no comprender, o negándose a hacerlo) el verdadero sentido de la Declaratio, según su redacción original en latín, celebraron materialmente un cónclave desprovisto de todo valor canónico, del cual resultó electo un anti-Papa, esto es, un Papa de mera apariencia, carente de verdadera autoridad ante la ley, ante Dios y ante la Iglesia.


Jurídicamente, en cambio, Benedicto continuó siendo el único titular de la Sede, el único legítimo Romano Pontífice. Se debe leer, no solamente la Declaratio, sino también, por ejemplo, el discurso pronunciado por Mons. Gänswein, en mayo de 2016, en la Pontificia Universidad Gregoriana, donde dijo: “Como en tiempos de Pedro, también hoy la Iglesia Una, Santa, Católica y Apostólica sigue teniendo un Papa legítimo. Pero hoy vivimos con dos sucesores vivos de Pedro entre nosotros, que no están en una relación competitiva entre ellos y, sin embargo, ¡ambos tienen una presencia extraordinaria!”.


Benedicto no “mintió” entonces en su Declaratio, como tampoco lo ha hecho a lo largo de estos nueve años. Él ha acudido, sí, a cierta ambigüedad, a través de palabras y gestos que parecen excluirse mutuamente. Intencionalmente asume las vestiduras, el nombre, el título, la residencia, el trato protocolar de Romano Pontífice. Y se dirige a otro hombre (“Francisco”) como Santo Padre.


Y pese a su amable trato hacia “Francisco”, y a sus declaraciones sobre “la unidad de visión” que guarda con el “pontificado” de su “sucesor”, no vacila para contradecir de un plumazo el falso magisterio de este último. ¿Nos es imposible entender que a toda esta ambigüedad subyace un coherente mensaje de fondo? A saber: la coexistencia de “dos Papas”, uno verdadero y otro falso, que si bien cumplen roles obviamente diferentes, convergen en el mismo plan divino de la purificación final de la Iglesia.


En el orden moral, podemos aplicar las enseñanzas propuestas por varios teólogos católicos acerca de las reservas mentales. ¿Negaremos que Benedicto se ha visto en situación de extrema necesidad, incluso desde el comienzo de su pontificado, cuando pidió la oración de los fieles para no huir ante los “lobos”? ¿No explicitó luego, en el libro biográfico de Peter Seewald arriba mencionado (Una Vida), que el peligro espiritual frente al cual solicitaba oración no era otra cosa que la influencia del Anticristo, socialmente operante en nuestros tiempos? Verdaderamente, lo que ha hecho S.S. Benedicto XVI no es “mentir”. Antes bien, para salvaguardar jurídica y espiritualmente el timón de la Iglesia frente a las amenazas de los hijos de las tinieblas, y ofrecerse por ella como víctima ante Dios, el Papa ha hecho burla del maligno, de una manera que, en todo caso, ha resultado perfectamente perceptible para quienes tienen ojos para ver y oídos para oír.


Finalmente, la validez o invalidez de la Declaratio nada tiene que ver con la mención que allí se hace sobre la futura “Sede vacante”. La “Sede vacante” es en realidad una consecuencia jurídica que sólo podía presentarse si el acto jurídico de “renuncia al pontificado” hubiese tenido existencia ante el derecho canónico. Pero como, según hemos visto, tal “renuncia al pontificado” jamás existió (pues S.S. Benedicto XVI se aseguró cuidadosamente de conservar el munus petrino), la consecuencia jurídica de la vacancia tampoco podía surgir, así ésta fuera explícitamente mencionada.


Tomemos un ejemplo más sencillo. Supongamos que un sacerdote católico imparte su bendición (sic) a una pareja homosexual, declarándolos “marido y marido”. Lo primero que tendríamos que decir es que una persona se hace el “marido” de otra sólo si se celebra un acto jurídico matrimonial con observancia íntegra de los requisitos pertinentes del derecho natural y canónico, uno de los cuales es obviamente la disparidad de sexos.


Aquí, la consecuencia pronunciada por el sacerdote no puede emerger porque la pareja es del mismo sexo y por tanto no puede contraer matrimonio válidamente. ¿Qué cristiano se atrevería a decir que semejante declaración sacerdotal implicará, per se, que los varones involucrados pasen a ser realmente “marido y marido”? Estos varones no serán jamás “marido y marido” –ni aun si el mundo entero, “clero católico” y ordenamientos legales estatales incluidos, los tratara como tales. Del mismo modo, la sola mención de Benedicto XVI a la Sede vacante jamás podía producirla en realidad.


Debe quedar claro en este punto que la no-renuncia al oficio del papado es suficiente para invalidar la elección del papado subsiguiente, incluso si el segundo lo ocupa un hombre santo y ortodoxo. Eso es suficientemente estremecedor. Pero hay otro factor invalidante, y es el comportamiento conspirativo de los cardenales de la mafia de St. Gallen antes y durante el Cónclave que le dio al cardenal Bergoglio la entelequia “Francisco”. La mayoría de mis lectores conocen sobre la mafia de St. Gallen (una camarilla de prelados de izquierda), pero ¿cómo invalida su comportamiento la elección de Bergoglio, y cómo sabemos esto?


Si se me permite, en este punto preferiría simplemente remitir a sus lectores a nuestro libro, pero brevemente: primero, como usted bien lo ha dicho, las irregularidades ocurridas antes y durante el cónclave de 2013, incluyendo lo relacionado con la mafia de St. Gallen, son un asunto totalmente secundario en el debate que nos ocupa.


Si bien en nuestro libro quisimos ofrecer documentación al respecto, en aras de la integralidad, lo cierto es que los acontecimientos vinculados con dicha mafia han venido siendo utilizados recientemente por diversas figuras del mundo católico como una cortina de humo para desviar la atención del punto central en la actual crisis del Papado, cual es la Declaratio de “renuncia” emitida por S.S. Benedicto XVI. Creo que debemos enfáticamente distanciarnos de esta tendencia distractora y concentrar la mirada en quien es verdaderamente el legítimo Papa actual de la Iglesia Católica (Benedicto), y no tanto en quien no lo es (“Francisco”).


Segundo, la información que puede obtenerse acerca de la mafia es meramente indiciaria, dado el carácter ilegal y clandestino de las operaciones de este grupo. Es difícil establecer, a nivel factual, si el cardenal electo en el cónclave de 2013 (Jorge Bergoglio) participó, y en qué medida, de tales operaciones conspirativas, y si, como consecuencia de ello, incurrió en la pena de excomunión latae sententiae prevista en el canon 81 de la UDG emitida por el Papa Juan Pablo II.


Por último, las discusiones sobre si los cardenales de St. Gallen, al encontrarse excomulgados lateae sententiae para el momento en que se desarrolló el cónclave de 2013, podían o no válidamente tomar parte activa en las votaciones y demás, son tan engorrosas como estériles. Toda la cuestión del cónclave es secundaria e incluye márgenes de incertidumbre sobre la probabilidad de establecer hechos en el caso. Sin embargo, este tema tiene valor académico y lo discuto extensamente en la sección IV-C de nuestro libro.


Me gustaría preguntarle sobre la jurisdicción suplida o supplet Ecclesia. El canon 144 §1 dice: “En el error común de hecho o de derecho, así como en la duda positiva y probable de derecho o de hecho, la Iglesia suple la potestad ejecutiva de régimen, tanto para el fuero externo como para el interno” (supplet Ecclesia, pro tam externo quam interno, potestatem regiminis exsecutivam). Entonces, en el caso de Francisco como antipapa, ¿significa supplet Ecclesia que todas las elevaciones de obispos y nombramientos de cardenales son legítimos, o son estos nulos y sin efecto?


El canon que usted cita habla de la suplencia de la “potestad ejecutiva de régimen”, así que entendamos lo que esto implica. En virtud del sacramento del Orden, a los presbíteros y obispos les corresponden en esencia tres funciones: santificar (todo lo relativo a la liturgia y los sacramentos), enseñar (magisterio) y regir (aspecto jurídico/burocrático/administrativo/gubernamental, que comprende los poderes legislativo, ejecutivo y judicial).


Ahora, el canon 144 §1 prevé la suplencia de jurisdicción para aquellos casos específicos en que, quienes deben someterse a una potestad ejecutiva, creen con algún fundamento sólido que un cierto ministro está investido de tal potestad, cuando en realidad no es así. El mismo canon, en su §2, extiende dicha suplencia, bajo ciertas condiciones, a los ámbitos de la confesión, la confirmación y el matrimonio. Bajo este principio (supplet Ecclesia), entonces, la Iglesia entra a suplir la jurisdicción (potestad ejecutiva) de que el ministro en cuestión carece, en aras del bien común involucrado en cada situación.


Llegamos a la cuestión de los nombramientos de obispos y cardenales bajo “Francisco”. La suplencia de jurisdicción tiene lugar para casos concretos, particulares, relacionados con error común o duda probable de hecho de derecho. Respecto a Bergoglio, estamos hablando de una jurisdicción pontificia inexistente. Jamás se podría acudir al principio supplet Ecclesia para legitimar la entera para-estructura, la falsa iglesia o anti-Iglesia edificada por “Francisco” sobre las ruinas (materiales) de la Iglesia verdadera cuya cabeza visible, aunque impedida, sigue siendo S.S. Benedicto XVI.


Esto es especialmente verdadero considerando que dicha para-estructura extiende el soporte para el anti-Evangelio, la anti-liturgia, el anti-derecho y el anti-Cristo. Una tal aplicación de la suplencia no sólo constituiría una desnaturalización total del principio, sino además un gravísimo atentado al bien común para cuya defensa se encuentra establecido.


Volviendo a su pregunta, la respuesta es: todos los cardenales designados por “Francisco” son inválidos, como lo son también los obispos, desde el punto de vista jurídico –aunque, desde el punto de vista sacramental, es posible que éstos hayan recibido válidamente la ordenación episcopal, si para el efecto se cumplieron, en cada caso, los requisitos pertinentes (imposición de manos, oración consecratoria apropiada etc.).


Algunos críticos han dicho que toda esta línea de argumentación aboga por el sedevacantismo, ¿cuál es la diferencia entre el sedevacantismo y una Sede Apostólica impedida?


El término “sedevacantista” se refiere típicamente a aquellos que equivocadamente sostienen que la Sede Petrina se encuentra vacante desde la muerte de S.S. Pío XII en 1958, y que consecuencialmente se encuentran en situación de cisma respecto de los Papas válida y sucesivamente electos a partir de ese año (Juan XXIII, Pablo VI, Juan Pablo I, Juan Pablo II y Benedicto XVI).


Un craso error que descansa, en esencia, en la herética premisa de que la Iglesia y el Papado fracasaron en la segunda mitad del siglo XX –lo cual es obviamente imposible, dados, entre otras cosas, el carácter indefectible de la primera y la institución a perpetuidad del segundo. Ahora bien, de una manera más general, se dice que el “error sedevacantista” se presenta cada vez que algún grupo de personas, partiendo de un juicio privado, se niega a reconocer a un Papa que ha sido electo válidamente, esto es, con acatamiento íntegro a las normas canónicas que regulan las elecciones papales, y aceptado por la Iglesia de manera pacífica y universal.


Lo que me lleva a preguntar sobre el principio de pacifica universalis ecclesiae adhaesio, que a veces se invoca para validar a Francisco como de alguna manera universal y pacíficamente aceptado como Papa. ¿Qué significa y cómo se aplica?


Sí, una pregunta importante. Pacifica universalis ecclesiae adhaesio indica que, el hecho de que la elección de un determinado Papa no sea impugnada inmediatamente (o sea aceptada universalmente por la Iglesia, bajo el criterio de una unanimidad moral y no necesariamente matemática), en el momento mismo en que tal elección se da a conocer, es un signo infalible de que se cumplieron todas las condiciones canónicas necesarias para su validez.


Naturalmente, la negativa a aceptar a Bergoglio como el verdadero Romano Pontífice, se dice, va en contra del principio de pacifica universalis ecclesiae adhaesio. Esta posición aduce que, como la elección del 13 de marzo de 2013 no fue inmediatamente impugnada sino universalmente aceptada por la Iglesia por unanimidad moral, debe concluirse que la misma fue necesariamente válida, y que quienes la cuestionan o se oponen a ella son culpables de sedevacantismo. Esta acusación se manifiesta en el apodo de “benevacantistas” que a veces se nos lanza a quienes consideramos a Benedicto XVI como el Papa legítimo actual.


Tengamos en mente que la doctrina de la “aceptación pacífica y universal de la Iglesia”, si bien ha sido enunciada y comúnmente aceptada como un hecho dogmático, no ha sido definida de manera precisa en cada uno de sus términos, y por tanto su aplicación en los casos concretos, y especialmente en el de “Francisco”, se torna sumamente controversial.


Se dice que las impugnaciones frente a cierta elección papal deben darse “inmediatamente”, o de lo contrario la doctrina de la adhaesio enseña que el Papa es el Papa. Lo cual suscita la pregunta: ¿en qué consiste esa inmediatez? Algunos expertos pro-“Francisco” hablan de “semanas y meses después” de la elección respectiva, pero nadie puede decir con autoridad cuántas semanas, o cuántos meses, ni quién determina este límite de tiempo – ¿y en base a qué?


El hecho es que la elección de Bergoglio/“Francisco” fue disputada en cuanto a su legitimidad desde el primer día, esto es, antes de que su “pontificado” suscitara perplejidades desde el punto de vista doctrinal, litúrgico y jurisdiccional –incluso, en algunos casos, antes de que se desarrollara el cónclave donde resultó electo el 13 de marzo de 2013.


No debemos olvidar que la sola Declaratio de Benedicto comenzó pronto a generar sospechas públicas de invalidez, vinculadas a factores de diversa índole: metafísicos o eclesiológicos, como en el caso de quienes negaron la posibilidad misma de una renuncia papal; lingüísticos, para aquellos que se centraron en los errores del latín en el texto; jurídicos y simbólicos, vinculados, por una parte, a la especificación del propio Benedicto en su última Audiencia General (27/08/2013), en el sentido de que su renuncia había recaído sobre el ejercicio activo del ministerio (el cual, como vimos, es claramente diferente del cargo u oficio eclesiástico de Romano Pontífice), y por la otra, a los elementos típicos de dignidad pontificia que el “renunciante” decidió mantener (los títulos Su Santidad y Papa Emérito, el escudo de armas y demás).


No podemos considerar que la “elección papal” de “Francisco” es la “posición oficial” de la Iglesia pues, en su caso, la pacifica no ha sido configurada, y mucho menos emitida por las autoridades eclesiásticas competentes reunidas en un foro canónico, lo cual es un pronunciamiento definitivo y jurídicamente vinculante para la Iglesia universal a este respecto.


De manera interesante, nuestras investigaciones no han sido hasta ahora desvirtuadas con argumentos serios, y en su mayoría han sido simplemente ignoradas o silenciadas. Nuestra contribución es trabajar para que llegue el día en que se pueda constituir tal foro y los fieles puedan recibir la verdad completa sobre la crisis actual del Pontificado. Santos como Catalina de Siena y Bernardo de Claraval, en efecto, hicieron esto a su manera, en un momento en que la jerarquía eclesiástica no estaba infiltrada por la masonería hasta el punto que lo está hoy.


Como usted lo ha dicho, en manera alguna sostenemos que la Sede se encuentra vacante, pues en realidad está impedida: Benedicto XVI nunca renunció a ser el Papa y por tanto continúa siendo el ocupante jurídicamente legítimo de la Sede. Al retirarse materialmente de sus funciones y auto-exiliarse en el Vaticano, sin embargo, la Sede quedó paralizada y usurpada por “Francisco”. No es que la máxima autoridad eclesial sea inexistente, irreconocible o invisible de cara al cuerpo universal de la Iglesia, sino que su ejercicio legítimo se encuentra imposibilitado. En suma, no somos sedevacantistas. ¡Habemus Papam: S.S. Benedicto XVI!


La Iglesia Católica ha pasado por la crisis de hombres falsamente tenidos por Papa más de 30 veces. ¿Cómo se puede resolver esta crisis actual? ¿Cuál es el procedimiento adecuado que nos saca de este lío caótico, y tiene importancia quién muera primero, el Papa Benedicto XVI o Bergoglio?


El CDC no contiene indicaciones sobre cómo (y por quiénes) se habría de emitir un pronunciamiento autoritativo, vinculante, en el caso de un Papado disputado como este. Más investigación teológica e histórica sobre el tema será útil para resolver el actual impasse. Por mi parte, no tengo pericia aquí y, por lo tanto, poco puedo decir al respecto.


Una posible solución sería que, a la muerte del Papa Benedicto XVI, los cardenales verdaderos –esto es, aquellos que fueron designados por el propio Benedicto o por S.S. Juan Pablo II– se reúnan en cónclave, de conformidad con las normas de la UDG, para la elección del nuevo Romano Pontífice. También puedo decir que sería jurídicamente inválido cualquier cónclave que se realizara bajo cualquiera de las siguientes circunstancias: mientras el pontificado de Benedicto se mantenga jurídicamente vigente; con la participación de los “cardenales” designados por “Francisco”; y/o con arreglo a cualquier disposición emitida por este último a los efectos de un tal cónclave. Tanto quien resultara electo en cualquiera de estas condiciones, como sus posibles sucesores, serían necesariamente anti-Papas.


Última pregunta. La sola idea de Francisco como nuestro último antipapa asusta a muchos católicos, como si se hubiera abierto una trampilla debajo de ellos. Algunos se sienten abandonados, confundidos y perturbados. ¿Por qué cree usted lo contrario, y qué palabras de esperanza y aliento podría tener?


Muy bien, preguntémonos: ¿qué es lo que el mundo y la Iglesia pueden esperar de Dios en el momento histórico presente? Tenemos un Dios infinitamente sabio, amoroso y poderoso; Él es misericordioso y a la vez justo. En justicia, dado nuestro comportamiento como criaturas/hijos de Dios, ¿qué merecemos hoy de Él, o qué nos hemos ganado? Sabemos que los peores castigos divinos tienen lugar por pasiva: cuando una generación rechaza una y otra vez al Señor, degradándose a un nivel inferior al de las bestias y postrándose ante todo tipo de falsos dioses, Dios abandona al hombre “a sus pasiones vergonzosas” y “a su mente depravada” (Rom 1, 18-21).


Las cosas se están poniendo peores, rápidamente. En los tiempos del inminente regreso glorioso del Señor, período culmen de la degradación humana en el cual “ha de venir la apostasía y ha de aparecer el hombre de iniquidad”, Dios “les envía un poder engañoso, que los impulsa a creer en la mentira… a aquellos que están abocados a la perdición por no haber aceptado el amor de la verdad que los habría salvado … de suerte que serán condenados todos aquellos que no solamente se resistieron a creer en la verdad, sino que además se complacieron en la iniquidad” (2 Tes 2, 1-12). Es, pues, con el telón de fondo de la ira divina en tiempos evidentemente apocalípticos, que debemos leer el triunfo temporal que han alcanzado los enemigos de Dios y de Su Iglesia al instalar en el trono petrino a un hombre cuyo singular objetivo es la destrucción de la fe católica, y cuyas obras han engañado, escandalizado y decepcionado a no pocos creyentes.


Por otra parte, la verdad más profunda es que Dios es verdadero, fiel y leal, y que todas Sus promesas se cumplen a la letra. Una de estas promesas es precisamente la indefectibilidad de la Iglesia, edificada sobre la Roca del Papado en garantía de que “las puertas del infierno [las herejías] no prevalecerán sobre ella” (Mt 16, 18). Esta promesa es incondicionada, totalmente independiente del comportamiento del hombre para con su Dios. La Santa Iglesia de Cristo es en esencia indestructible, como lo es también, por naturaleza, su Divino Esposo.

¿Cómo conjugar entonces estas dos miradas? Debemos tener en cuenta que la justicia divina está indisolublemente ligada con la misericordia, y que su propósito no es la destrucción definitiva sino la renovación, la restauración de todas las cosas en Cristo. Dios ha permitido que la Santa Madre Iglesia haya sido infiltrada en los más altos niveles para que se revelen, y sean finalmente derrotados, todos aquellos que “han surgido de entre nosotros, pero no eran de los nuestros” (1 Jn 2, 19), mientras los verdaderos creyentes son cada vez más acrisolados, como preparación para recibir al Salvador en Su segunda venida. Bien ha cuidado El Señor de retirar Su mano, Sus gracias sobrenaturales y, más concretamente, el poder de las llaves, de aquel que se ha atrevido a usurpar el lugar de Su Vicario. ¿Nos dice algo ese rayo que golpeó –dos veces– la Capilla Sixtina aquel 11 de febrero de 2013?.


¡Alegrémonos, pues! La Iglesia y el Papado se mantienen en pie. No tenemos un “Papa apóstata”, pues no existe tal cosa. Es un oxímoron. Tenemos un Papa, materialmente impedido, sí, pero sufriente y orante, a imitación del Maestro. Las cosas se pondrán cada vez más difíciles, Patrick, es cierto; pero, aunque parezca que la Iglesia se está desmoronando, la visión sobrenatural nos dice que, en realidad, la Iglesia está siendo purificada, en medio de la batalla final contra el mal, de la cual saldrá victoriosa y totalmente preparada para las Bodas del Cordero.


Que ese momento nos encuentre, si es que hemos de presenciarlo, clamando al Cielo: ¡Ven, Señor Jesús!

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